Turismo
Social
PRESTADORES
Que son los prestadores?
Los
prestadores son instituciones (empresas, consorcios, cooperativas, fundaciones,
ONG, etc) que ofrecen los paquetes de turismo social de la Secretaria de
Turismo a terceros para alguna finalidad (marketing, promoción,
servicios, formación, etc.) a precios reducidos pero controlado y autorizado por el Ministerio de Turismo.
Ofrecen paquetes turísticos con servicios y bienes, haciendo más atractivo el
servicio para así lograr una mayor captación de turistas.
Los
prestadores solo pueden ofrecer los Programas "Federal" y
"Unidades Turísticas" de los planes Tercera Edad y Familiar.
Introducción
El turismo social facilita el acceso al turismo de un
segmento de la población con escasos recursos y permite direccionar la demanda
turística en tiempo y espacio, aumentando el nivel de actividad del sector.
En este sentido consideramos que el turismo social,
además de cumplir con su finalidad principal de mejorar la calidad de vida de una determinada porción de la
población, a través de una política integral se podrá constituir en una
herramienta útil para resolver ciertos problemas que presenta la actividad
turística en general y la industria hotelera en particular.
La presente propuesta esta orientada, por un lado, a
otorgar mayores y mejores servicios de turismo al sector de la población
económicamente débil y, por el otro, a disminuir el problema de la
estacionalidad de la demanda como así también promover destinos emergentes,
corredores no tradicionales y fomentar la practica del miniturismo extendiendo
los plazos de descanso a lo largo del año.
De esta manera se buscan soluciones alternativas para
problemas como la estacionalidad de la demanda, la capacidad ociosa de oferta
hotelera en muchos destinos del país y la inactividad de destinos emergentes
como opción turística, como así también la revitalización de las PYMES
hoteleras y la generación de fuentes de trabajo.
Al incluir alojamiento y media pensión el programa o
paquete turístico induce a los prestadores de servicios a realizar alianzas
estratégicas para estar adherido al programa general y lograr competitividad
con otros programas y destinos turísticos. Esto confirma la necesaria complementariedad
que existe en la actividad turística, lo que implica que un atractivo
turístico, o un prestador de servicio por si solo no alcanza a motivar y atraer
a la demanda, sino es el conjunto de bienes públicos y bienes privados que
logran promocionar, vender y posicionar el producto turístico en el mercado.
Será importante que los destinos que deseen incorporarse
a este Programa, posean programas propios de Marketing y Promoción para que,
conjuntamente con los Programas de Marketing y Promoción que ha elaborado la
Secretaria de Turismo, puedan contar con herramientas eficientes que logren dar
solución a los problemas que en la actualidad sufre el Turismo Interno.
Objetivos
Los Objetivos básicos del
Programa Federal de Turismo Social son:
ü
Diversificar la oferta mediante la
incorporación de nuevos destinos
ü
Propiciar la generación de empleo
permanente
ü
Atenuar los problemas de la
estacionalidad
ü
Revitalizar el desarrollo de las PYMES
ü
Recibir propuestas y aportes de la
actividad privada
ü
Promocionar destinos emergentes
ü
Fomentar la practica del miniturismo y
de corredores turísticos no tradicionales
Requisitos
Son
requisitos básicos de elegibilidad aquellas propuestas que incluyan:
ü
Asociatividad entre municipios para la
formación de corredores o productos
ü
Tener planes propios de marketing,
promoción y calidad
ü
Presentar proyectos de inversión
publica y privada
ü
Presentar una proyección de generación
de empleo
Por otra parte, se tomara
también en consideración para la elegibilidad del destino, el periodo del año
en el cual se ofrece para el Programa
Descripción
El
Programa Federal de Turismo Social se basa principalmente en:
a) Presentar
una propuesta de paquete turístico que incluya estadía de 5 noches como mínimo
y 7 como máximo, con media pensión desde $375 a $525 (IVA incluido).
b) Los
beneficiarios podrán elegir el destino y las prestaciones.
c) La Secretaria
no asegurara la ocupación de las plazas del destino que será definido
únicamente por la demanda de acuerdo a su propia elección.
d) El
Programa estará abierto para los planes de Tercera Edad y Familiar.
Implementación
FASE I – Invitación
Invitación a Destinos a través del
Municipio y/o de las cámaras empresariales que intervienen en la actividad
turística de la zona.
FASE II - Convenio de Adhesión
Se
firma el Convenio de Adhesión con los
prestadores de servicios de los destinos elegidos en el cual se comprometen a:
Cumplimentar
la totalidad de los requisitos correspondientes durante todo el periodo
comprendido en el Programa.
Adherir
a los Programas de Marketing, Promoción y Calidad.
FASE
III - Registro:
A
partir de la firma de los convenios de adhesión los destinos y prestadores
serán incorporados a la Base
de Datos, pasando a integrar el Registro de Destinos y el Registro de
Prestadores del Programa Federal de Turismo Social.
Con este Registro y la recopilación de las diferentes
ofertas turísticas, se comenzara a promocionar el Programa para que los
turistas puedan hacer su elección.
FASE
IV - Reservas
Con
las solicitudes recibidas se hará la adjudicación provisional de las plazas
disponibles y se realizara la Reserva Provisional a los prestadores.
Una vez que el turista abone la parte del paquete no
subsidiado, se confirmaran las plazas y se realizaran las Reservas Definitivas
a los prestadores.
FASE
V - Alojamiento
Aproximadamente 30 días
después de la Fase IV
comenzarán a arribar los primeros turistas del Programa Federal de Turismo Social a los
destinos.
INSTRUCTIVO
PRESTADORES
1)
Los
prestadores deberán mantener en forma obligatoria la cantidad de plazas y
cubiertos disponibles durante todo el período ofrecido de acuerdo a la
Solicitud de Adhesión presentada.
2)
Deberán
acogerse al Sistema de Cuenta Unica. Para ello mantendrá ininterrumpidamente
durante la vigencia de la prestación, una cuenta bancaria en Caja de Ahorro o
Cuenta Corriente en el Banco de la Nación Argentina, a su nombre.
3)
Deberán
informar a la Dirección Nacional
de Prestaciones Turísticas del Ministerio de Turismo de la Nación el tipo de cuenta,
el número completo, titularidad, denominación y sucursal del Banco de la Nación Argentina
donde se encuentra abierta la cuenta.
4)
Adjudicadas
las plazas hoteleras y efectuadas las reservas preliminares a los prestadores,
con una anticipación no menor a los veinticinco (25) días de la fecha de
ingreso, el pasajero deberá depositar el importe correspondiente al monto no
subsidiado del Programa en la cuenta del Prestador (punto 2º del presente)
5)
Con
una anticipación no menor de quince (15) días a la fecha prevista para el
ingreso, la Dirección de Prestaciones Turísticas realizará en forma fehaciente
vía telefax u otro medio registrable las reservas definitivas, detallando la
cantidad de personas a ingresar, comodidades asignadas, nombre y apellido y
número de documento de identidad de cada una de ellas, fecha de ingreso y
egreso.
6)
En
el supuesto caso en que la Dirección de Prestaciones Turísticas tome
conocimiento de un desistimiento parcial o total entre los quince (15) días
previos y la fecha prevista para el ingreso, se le comunicará tal novedad al
prestador. En tales casos la Secretaría podrá optar por:
a) Utilizar las comodidades reservadas
y confirmadas con eventuales reemplazantes, empleándose los mecanismos de pago
y comunicaciones previstos. A su vez el prestador deberá remitir a la
Secretaría el total de la sumas recibidas en concepto de pago de la parte no
subsidiada por el turista que desistió, empleando el procedimiento indicado en
el artículo 8°.
b) No utilizar las comodidades
reservadas y confirmadas. En este caso el prestador podrá disponer de las
plazas para sí, reconociéndosele un monto de $15 (Pesos quince) por persona.
Sobre las sumas recibidas en más se aplicará lo expuesto en el punto 8º del
presente.
7)
Las
plazas reservadas y confirmadas se mantendrán hasta 24 horas después de la
fecha prevista para el ingreso. Vencido dicho plazo y en el supuesto de que no
se produzca el ingreso, las plazas quedarán liberadas. En este caso se le
reconocerá al prestador $20 (pesos veinte) por persona.
8)
En
todos los casos, los saldos a favor del Ministerio deberán ser transferidos a
la cuenta corriente del Ministerio de Turismo N° 2617/74 recaudadora del Banco
de la Nación Argentina
Suc. Plaza de Mayo, remitiendo a la Dirección Nacional
de Prestaciones Turísticas -Av. Rivadavia 2275 1º Piso.- fotocopia de la boleta
de la transferencia realizada donde figuere el concepto, supletoriamente podrá
cancelar los saldos previa aprobación de la Secretaría, mediante
nota de crédito sobre facturas pendientes de pago.
9)
Al
ingreso de los turistas el prestador deberá verificar la identidad de los
mismos y corroborarla con la Orden de Ingreso que deberán presentar para
acceder a las prestaciones. Cumplido dicho trámite, el prestador deberá
entregar a los turistas la factura correspondiente a la suma por ellos abonada
de la parte no subsidiada del Programa.
10) Cumplida la estadía, el
prestador deberá remitir a la Dirección
Nacional de Prestaciones Turísticas del Ministerio de Turismo
de la Nación- Av. Rivadavia
2275 1º Piso Buenos Aires la factura correspondiente, conjuntamente con una
copia de la factura emitida a los turistas por el importe abonado por ellos.
11) El monto del importe de la
factura a presentar será el resultante de la diferencia entre la suma
depositada por el pasajero y el costo total de la estadía ofertada no reconociéndose
otro tipo de gasto excedente.
12) Para la verificación de la
efectiva utilización de la prestación por parte de los turistas, el prestador
se obliga a remitir las Ordenes de Ingreso, rubricadas por cada uno de los
pasajeros en el casillero “CONFORMIDAD DE SERVICIO”. El no cumplimiento de este
requisito dará derecho a la Secretaría a posponer el pago de la facturas
correspondiente hasta tanto se compruebe por otros medios la efectiva
prestación de los servicios.
13) Fiscalizada y aprobada la real
prestación de los servicios, la Dirección General de Administración procederá a
abonar las estadías facturadas, depositando los fondos en la cuenta del
prestador.
REQUISITOS
FORMALES
1)
Los prestadores deberán
presentar las Solicitudes de Adhesión por duplicado y tendrán en todas sus
fojas firma y sello del Prestador o un representante autorizado.
2)
Se consignará el precio cotizado IVA
incluido, indicando el mismo en número y letras. Asimismo se deberá especificar
y discriminar la totalidad de las prestaciones incluidas en dicho precio
(cantidad de noches, servicio gastronómico, excursiones y toda otra prestación)
3)
La presentación de la Solicitud de
Adhesión sin observaciones implica la aceptación lisa y llana de todas las
estipulaciones que rigen el Programa Federal de Turismo Social.
4)
Las enmiendas y raspaduras en las
partes esenciales deberán ser debidamente salvadas.
5)
A los efectos del Impuesto al Valor
Agregado, el Ministerio de Turismo de la Nación deberá considerarse Consumidor Final.
6)
Los prestadores deberán acreditar,
conjuntamente con la Solicitud de Adhesión, su capacidad técnica económica y
financiera, debiéndose cumplir con las normas establecidas en el Decreto
825/88. La referida acreditación deberá estar constituida por la presentación
de su último balance cerrado a la fecha de presentación de la Solicitud de
Adhesión, firmado por Contador Público y certificada su firma por el Consejo
Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción respectiva. Para los
casos de sociedades de hecho o empresas unipersonales, la misma se constituirá
con la presentación de una manifestación patrimonial firmada por Contador
Público y certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de la jurisdicción respectiva.
7)
Asimismo los prestadores deberán presentar
conjuntamente con la Solicitud de Adhesión, el formulario que se acompaña,
debiendo llenar solamente los datos correspondientes al campo N°3 DATOS DEL
PROVEEDOR, si corresponde. Cabe aclarar que para dar cumplimiento a este
requisito no debe figurar en ningún caso el nombre de fantasía de la empresa.
8)
Acompañar fotocopia de la CLAVE UNICA DE
IDENTIFICACION TRIBUTARIA (C.U.I.T.)
9)
Presentar además la siguiente
documentación:
ü Declaración
jurada de tener capacidad para obligarse y que cumplimenta lo establecido por
los artículos 33° y 34° del Código de Comercio, en caso de tratarse de firmas
unipersonales.
ü Habilitacion
Municipal
ü Contrato
Social y/o Estatutos Sociales vigentes.
ü Acreditación
por parte de las sociedades y de sus representantes legales, en este último
caso de corresponder, de las inscripciones ante la Dirección General
Impositiva en el Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor
Agregado, Inscripción en el Régimen de Trabajadores Autónomos e inscripción
como empleadores.
ü Formulario
de Inscripción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos extendido por la
autoridad competente.
ü En
el caso de UTE (Unión Transitoria de Empresas) consorcio u otro tipo de
asociación, se acompañará el contrato de constitución, debidamente inscripto
conforme a los recaudos exigidos por la legislación vigente, sin perjuicio de
acompañar la documentación correspondiente a cada una de las firmas que
integran la asociación.
NOTA
IMPORTANTE:
Toda la documentación
requerida (balances, estatutos sociales, manifestación de bienes) deben
presentarse en original y fotocopia autenticada por personal responsable de
este organismo.
Requisitos
de elegibilidad de los prestadores
Los prestadores de servicios turísticos, para estar en
condiciones de ser preseleccionados a incorporarse al Programa Federal de Turismo Social, deberán
cumplimentar la totalidad de los requisitos detallados a continuación.
Alojamiento
1) INFRAESTRUCTURA
Y EQUIPAMIENTO:
ü Las
medidas mínimas requeridas, regirán en cuanto el Código de Edificación o normas
vigentes en el destino, no exijan otras mayores.
ü Deberán
ocupar la totalidad de un edificio o una parte del mismo que sea completamente
independiente del resto en cuanto a sus funciones y servicios principales.
ü Contar
con entrada de pasajeros independiente de la de Servicio.
ü Tener
servicio telefónico y como mínimo un Fax.
ü Contar
con Recepción y/o portería con caja de seguridad y cabina telefónica.
ü En
caso de contar con ascensores, los mismos en ningún caso tendrán una capacidad
inferior a 4 (cuatro) personas y deberán cumplir con las normas establecidas en
los reglamentos para habilitación de ascensores dictadas por la autoridad
respectiva.
ü Deberán
contar con una Sala de Estar con una superficie mínima de 25 m2 (veinticinco
metros cuadrados) con televisor.
ü Contar
con servicios sanitarios para publico, independientes para cada sexo.
ü De
no contar el establecimiento con un local desayunador y comedor, debe existir
alguno adyacente a no más de 100 m que ofrezca dicho servicio.
ü Todas
las habitaciones que se ofrezcan para este Plan deberán contar con ventana al
exterior.
ü Las
habitaciones deberán contar con el siguiente equipamiento mínimo:
·
Camas individuales
cuyas dimensiones mínimas sean 0,80 m por 1,85 m.
·
Mesa de noche a razón
de una por plaza o superficie mínima de mesada de 0,15 m2 por plaza.
·
Un sillón butaca o
silla por plaza.
·
Una mesa escritorio
por habitación.
·
Armario de no menos
de 0,55m de profundidad y 0,90m de ancho con un mínimo de 4 (cuatro) cajones.
·
Una lámpara o aplique
de cabecera por plaza.
·
Las superficies
mínimas de las habitaciones serán:
Simples: 9m2
Dobles: 10,50 m2
Triples: 13,50 m2
Cuádruples: 16,50 m2
ü La
superficie mínima de los baños privados para habitaciones simples y dobles será
de 2m2 con un lado mínimo de 1m y la de las habitaciones triples y cuádruples
será de 3m2con un lado mínimo de 1,50m.
ü Los
baños estarán equipados con:
1. Lavatorio
2. Bidet
3. Ducha
(estos artefactos serán independientes y contaran con servicio permanente de
agua fría y caliente mezclables)
4. Inodoro
5. Botiquín
o repisa con espejo iluminado
6. Toallero
ü El
equipamiento mínimo de las habitaciones será el siguiente:
1. 6(seis)
perchas por plaza
2. 1(una)
almohada adicional por habitación
3. 2
(dos) frazadas por plaza
4. 1(un)
toallon y 1 (una) toalla por plaza
5. 1(una)
pastilla de jabón de 20 gr. De primera calidad por cada plaza
6. 1
(un) recipiente para residuos
2) SERVICIOS
ü Agua
caliente y fría las 24 horas
ü Calefacción
ü Botiquín
completo de Primeros Auxilios
ü Adhesión
a un Servicio de Emergencias Medicas de 24 hs
ü Equipamiento
y señalización contra incendio.
3) PRESTACIONES
ü En
los días de ingreso las habitaciones deberán estar habilitadas para su uso
cuando se produzca la llegada de los turistas.
ü El
establecimiento deberá entregar al pasajero al momento de su ingreso una
tarjeta de identificación en la cual figure el Nombre y Apellido, Fecha de
ingreso y egreso, Nº de habitación del pasajero y Nombre, Dirección y Teléfono
del Establecimiento.
4) SERVICIOS
DE HABITACIONES
ü Efectuar
y mantener la limpieza diaria de las habitaciones, incluido el tendido de
camas, la limpieza y desinfección de baños y el repaso de pasillos y áreas
comunes entre las 07.00 y las 14.00 hs. Fuera de dicho horario, deberá mantener
un servicio de guardia y un sereno para la noche.
ü El
cambio de ropa blanca deberá realizarse como mínimo:
Sabanas y fundas día por medio
Toallas y toallones todos los días
ü Los
baños se mantendrán permanentemente limpios, con sus servicios
completos y en funcionamiento, con la constante provisión de papel higiénico.
ü Se deberá realizar la limpieza general, cambio de
ropa blanca y desinfección de las habitaciones cada vez que se produzcan
cambios de ocupantes en las mismas.
GASTRONOMIA
1) INFRAESTRUCTURA
ü Deberá contar con una capacidad mínima de 25 pasajeros
por turno.
ü La superficie del Salón Desayunador será como mínimo de
1m2 por cubierto.
ü La superficie del Salón Comedor será como mínimo de 1,50
m2 por cubierto.
ü Deberá contar con mesas de hasta 6 (seis) comensales con
una silla por cubierto y adecuada iluminación.
ü Deberá contar como mínimo con 2 (dos) sillas altas para
bebes.
ü Contar con servicios sanitarios para publico,
diferenciados por sexo.
ü Contar con el equipamiento necesario para la correcta
eliminación de humo y olores.
ü Contar con sector de elaboración cuya infraestructura,
equipamiento y dimensiones sean las adecuadas de acuerdo a las reglamentaciones
dictadas por las autoridades locales competentes.
2) EQUIPAMIENTO
ü Todas
las mesas utilizadas para el servicio deberán contar con manteles y cubre
manteles de tela de algodón.
ü Deberá
utilizarse vajilla de loza sin cachaduras, cubiertos de acero inoxidable y
vasos o copas de vidrio. En ningún caso podrá utilizarse vajilla de madera
(platos, vasos, fuentes, etc.)
ü Botiquín
completo de Primeros Auxilios
ü Señalización
y equipamiento contra incendio
3) PRESTACIONES
ü El
establecimiento tiene la obligación de proporcionar a los turistas, en forma
abundante, el desayuno, almuerzo y cena conforme a los menues que se adjuntan
al presente.
ü El
horario de atención para cada servicio deberá ser el siguiente:
o
Desayuno: de 08.00 a 10.00 hs.
o
Almuerzo: de 12.00 a 14 hs.
o
Cena: de 20.00 a 22.30 hs.
ü Fuera
de los horarios establecidos, estará obligado a prestar servicios los días de
ingreso o egreso, conforme a la hora de llegada o salida de los turistas.
ü Tendrá
la obligación de servir a los turistas el desayuno los días de salida.
ü Todas
las comidas deberán ser servidas en forma individual.
ü Los
precios máximos de las bebidas (agua mineral, gaseosas, vino, cerveza) que se
expenden en los comedores en horario de comida, no podrán exceder los precios
máximos fijados por la SECTUR (Punto 4º del presente).
ü Será
obligatorio mantener permanentemente a disposición de los turistas por lo menos
3 (tres) marcas de vino común (blanco y tinto) y 2 (dos) marcas distintas de las
de mejor calidad.
ü Todos
los vinos, gaseosas, agua mineral y cervezas se servirán embotellados y
estampillados cuando reglamentariamente corresponda.
ü En
cada uno de los servicios (desayuno, almuerzo y cena) se deberá proveer a los
Turistas de servilletas de papel.
ü En
cada comida y por comensal se deberá servir 2 (dos) panes tipo “francés”
enteros y agua sin cargo.
ü Se
deberá proveer agua fría y/o caliente sin cargo cuando el turista lo solicite
durante el horario de comedor.
ü El
establecimiento deberá cumplimentar para la elaboración y servicio de las
comidas, con las normas de Bromatología que se adjuntan al presente.
4) LISTA
DE PRECIOS
Los
precios de las bebidas, agua mineral, vino, gaseosas, cerveza, etc. que se
expenden a los turistas del Programa Federal de Turismo Social en los
comedores en horarios de comida no podran exceder el 30% de los precios
mayoristas registrados en la zona.
EXCURSIONES
ü Podrán
ofrecerse paseos de medio día o día completo.
ü La
transportación deberá cumplir con todas las normas Provinciales y Municipales,
en especial las dictadas por la CNRT en lo referente a Transporte Turístico.
ü Será
obligatoria la presencia de un guía de acuerdo a las normas que fijen los
organismos locales en la materia.
ü Deberá
exhibirse en lugar visible en los establecimientos hoteleros la lista de
precios de todas las excursiones a ofrecer. Dicha lista deberá contener en cada
caso los elementos incluidos y especificar si tiene adicionales con su
correspondiente costo.
En ambos casos es obligatorio asesorar
a los pasajeros del contenido de las excursiones, en especial, si requieren
esfuerzos físicos ( escaleras, largas caminatas, caminos escarpados, etc.) o
factores climáticos que pudieran limitar el acceso a algún punto de interés.
Planillas que se deben completar para
presentar en la secretaría de turismo para el otorgamiento de plazas.
1- Formulario para proveedores del Estado
2- Planilla de destinos
3- Planilla de Alta de Plazas
4- Planilla de Resumen de
requerimientos Prestadores